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Investigación de Competencia a Walmart México

octubre 10, 2023

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Víctor Pavón Villamayor

 

El pasado 6 de octubre de 2023, Walmart de México S.A.B. de C.V. anunció públicamente la notificación de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) respecto al inicio de un procedimiento en forma de juicio por la posible comisión de prácticas que podrían tipificarse como abusos de poder de mercado. Las prácticas indagadas podrían haberse llevado a cabo en distintos segmentos de la cadena de valor asociada a la operación de los supermercados, principalmente en el segmento de abastecimiento y distribución mayorista de bienes de consumo.

El antecedente inmediato de este procedimiento se encuentra en el Estudio de Competencia en el Canal Moderno del Comercio al Menudo de Alimentos y Bebidas publicado por la COFECE en noviembre de 2020, en el cual esta autoridad identificó algunos de los elementos que, posiblemente, serán parte integrante del presente procedimiento. En nuestra opinión, algunos de los elementos más importantes de este estudio son los siguientes:

  • Los supermercados no están sujetos a presión competitiva relevante proveniente de otro tipo de establecimientos de la industria como, por ejemplo, las Tiendas de Conveniencia o las Bodegas Exprés. Los supermercados tampoco están sujetos a presión competitiva relevante proveniente de otros canales de distribución como, por ejemplo, el canal tradicional. Esto es importante porque, en principio, estos elementos permitirían perfilar la existencia de un mercado relevante para un segmento específico de la industria vinculado a establecimientos del tipo Bodegas, Supermercados, Hipermercados y Megamercados (BSHM).
  • La concentración en la industria de supermercados es alta. El estudio identifica la existencia de solo tres agentes económicos con presencia a nivel nacional, con una participación conjunta de aproximadamente el 90% de las ventas a nivel retail. En particular, en el segmento BSHM, Walmart es el agente económico con el mayor número de tiendas en el país. Esta métrica de número de establecimientos presume la existencia de una posición de mercado importante de Walmart en el mercado mexicano —lo que seguramente está siendo complementado con métricas más precisas de posicionamiento en el mercado como participación por ingresos en ventas minoristas o en compras a proveedores.
  • En las “áreas de influencia” de los supermercados a nivel minorista con presencia de un solo agente económico —zonas monopólicas— el 87% de éstas corresponden a Walmart. En zonas no metropolitanas, Walmart no enfrenta competencia alguna en el 50% de las áreas de influencia en las que participa bajo el formato BSHM. De forma más general, Walmart no enfrenta competencia en el 21% de las zonas de influencia a nivel nacional donde opera bajo el formato BSHM. Estos elementos resultan relevantes para la determinación, en su caso, del poder sustancial de mercado que este agente económico pudiese tener en el segmento minorista de la industria y, posiblemente, también en el mayorista —considerando que las compras de los supermercados son una demanda derivada de las ventas a nivel minorista.
  • Finalmente, el estudio también identifica la existencia de un poder de negociación asimétrico entre supermercados y sus proveedores de bienes de consumo. Esta asimetría podría traducirse en condiciones de compra no competitivas —ejercicio de poder monopsónico— que favorecen a los supermercados y, por tanto, deterioran el posicionamiento comercial de sus proveedores. Esta capacidad de los supermercados para imponer términos y condiciones a sus proveedores ha sido un tema recurrente en casos analizados en otras jurisdicciones. En octubre de 2020, por ejemplo, la Asociación Gremial de Industrias Proveedoras de Chile denunció a Walmart/Chile por abuso de su posición de domino en el mercado de provisión de bienes de consumo a supermercados. En ese caso en particular, la conducta imputada estuvo asociada a una compra atada, conducta que consistió en condicionar la continuidad en el abastecimiento de bienes de consumo a Walmart a la compra simultánea de los servicios de reposición y centralización de los productos —esta disputa concluyó en 2022 con una conciliación entre las partes. Si bien en estos momentos no son públicas las prácticas comerciales imputadas a Walmart México, en otras jurisdicciones se han identificado como conductas anticompetitivas en esta industria, entre otras, las siguientes:
    • Plazos de pago excesivos;
    • Distribución asimétrica de riesgos comerciales asociada a productos no vendidos o asociados al lanzamiento de nuevos productos;
    • Descuentos vinculados al cumplimiento de objetivos de ventas y,
    • Determinación de precios netos de compra  —precios de lista menos descuentos acumulados— desfavorables a proveedores.

Es preciso mencionar que el ejercicio del poder de compra que pudiese tener un supermercado respecto a sus proveedores depende críticamente del tamaño y la sofisticación comercial de éstos: un proveedor grande, comercialmente sofisticado y con un producto de demanda alta, posee todos los elementos para negociar precios, descuentos y términos generales de contratación de manera más competitiva que un proveedor en circunstancias distintas.  

El procedimiento en forma de juicio iniciado por la COFECE para Walmart México corresponde al Expediente IO-002-2020 de la autoridad de competencia.

 

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